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Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)
Compañías
de Seguros
Sociedades Administradoras
de Fondos de Inversión (SAFI)
Se denomina inversionistas institucionales
a aquellas entidades financieras especializadas en la administración
del ahorro de personas naturales y jurídicas para
su inversión en valores por cuenta y riesgo de estas.
Los inversionistas institucionales actúan como grandes
inversionistas ya que administran y concentran recursos
de un gran número de pequeños inversionistas.
Al especializarse en la inversión
y al administrar volúmenes importantes de recursos,
los inversionistas institucionales tienen posibilidad de
acceder a diversas y posiblemente mejores alternativas de
inversión y de diversificar más eficientemente
las carteras de valores, que los inversionistas que actúan
individualmente.
La principal característica de los
inversionistas institucionales es que las inversiones que
realizan son principalmente a mediano y largo plazo.
Administradoras de Fondos de
Pensiones (AFP)
Directorio AFP
Fondos de Pensiones
Los fondos de pensiones son patrimonios autónomos integrados
por los aportes periódicos que obligatoriamente deben realizar
los trabajadores que trabajan en relación de dependencia
y voluntariamente los profesionales independientes para
sus pensiones de jubilación futuras. Estos aportes deben
ser invertidos en valores.
Cada afiliado es dueño de una porción de esa cartera global,
dependiendo del aporte de dinero efectuado.
Administradoras de Fondos de Pensiones
Son sociedades anónimas que tienen por objeto único y exclusivo
administrar fondos de pensiones. Su patrimonio debe ser
separado del patrimonio del fondo de pensiones que administran.
Implementan las políticas de inversión que
persigue el fondo, realizando inversiones a discreción
propia, a favor de los participantes del fondo y por cuenta
y riesgo de los mismos. Las políticas generales de
inversión de los recursos de los fondos de pensiones
se encuentran determinadas por Ley, sin embargo, las administradoras
de fondos de pensiones pueden establecer sus propias políticas
de inversión, siempre y cuando, las mismas no se
opongan o excedan las políticas de inversión
establecidas en la Ley.
Los ingresos de las administradoras de
fondos de pensiones provienen de las comisiones que cobran
a los afiliados por la administración de los fondos.
Las administradoras de fondos de pensiones
administran en nuestro país dos tipos de fondos:
- El Fondo de Capitalización Individual (FCI), conformado
por los aportes de los trabajadores para sus pensiones
de jubilación futuras.
- El Fondo de Capitalización Colectiva (FCC),
conformado por las acciones de las empresas capitalizadas
y por los beneficios (dividendos) provenientes de las
mismas.
Compañías de Seguros
Directorio
de Compañías de Seguros Generales
Directorio
de Compañías de Seguros Personales
Las compañías de seguros
son intermediarios financieros que por un precio (prima)
realizarán un pago en el caso de suceder un determinado
evento.
Según la normativa legal vigente
existen dos tipos de compañías de seguros
diferenciadas según el tipo de riesgo que cubren:
- Las compañías de seguros generales que
cubren los riesgos que directa o indirectamente afectan
a los bienes de personas naturales o jurídicas
(vehículos, inmuebles, maquinarias, etc.)
- Las compañías de seguros de personas
que cubren los riesgos que directamente afectan a las
personas naturales (muerte, salud, accidentes, invalidez,
etc.)
Sociedades Administradoras de
Fondos de inversión
Directorio de Sociedades Administradoras
de Fondos de Inversión
Son sociedades anónimas
que tienen por objeto único y exclusivo administrar
fondos de inversión, cuyos accionistas podrán
ser agencias de bolsa, bancos, compañías de
seguros y otras autorizadas por la Superintendencia de Pensiones,
Valores y Seguros. Su patrimonio debe ser separado del patrimonio
del fondo que administran.
Implementan las políticas
de inversión que persigue el fondo, realizando inversiones
a discreción propia, a favor de los participantes
del fondo y por cuenta y riesgo de los mismos.
La Ley del Mercado
de Valores introduce el concepto de fondo de inversión,
que es el patrimonio común autónomo, constituido
por la captación de aportes de personas naturales
o jurídicas, denominadas inversionistas, para su
inversión en valores de oferta pública, bienes
y demás activos, por cuenta y riesgo de los aportantes.
Los fondos de inversión
participan en el mercado de valores como inversionistas
institucionales, constituyéndose en un importante
canal del ahorro hacia la inversión. Asimismo, los
fondos de inversión constituyen una alternativa para
aquellas personas que deseen participar con sus ahorros
en el mercado, permitiendo una mayor accesibilidad al mismo.
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