Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)
Compañías de Seguros
Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión (SAFI)
Se denomina inversionistas institucionales a aquellas entidades financieras especializadas en la administración del ahorro de personas naturales y jurídicas para su inversión en valores por cuenta y riesgo de estas. Los inversionistas institucionales actúan como grandes inversionistas ya que administran y concentran recursos de un gran número de pequeños inversionistas.
Al especializarse en la inversión y al administrar volúmenes importantes de recursos, los inversionistas institucionales tienen posibilidad de acceder a diversas y posiblemente mejores alternativas de inversión y de diversificar más eficientemente las carteras de valores, que los inversionistas que actúan individualmente.
La principal característica de los inversionistas institucionales es que las inversiones que realizan son principalmente a mediano y largo plazo.
Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)
Directorio AFP
Fondos de Pensiones
Los fondos de pensiones son patrimonios autónomos integrados por los aportes periódicos que obligatoriamente deben realizar los trabajadores que trabajan en relación de dependencia y voluntariamente los profesionales independientes para sus pensiones de jubilación futuras. Estos aportes deben ser invertidos en valores.
Cada afiliado es dueño de una porción de esa cartera global, dependiendo del aporte de dinero efectuado.
Administradoras de Fondos de Pensiones
Son sociedades anónimas que tienen por objeto único y exclusivo administrar fondos de pensiones. Su patrimonio debe ser separado del patrimonio del fondo de pensiones que administran.
Implementan las políticas de inversión que persigue el fondo, realizando inversiones a discreción propia, a favor de los participantes del fondo y por cuenta y riesgo de los mismos. Las políticas generales de inversión de los recursos de los fondos de pensiones se encuentran determinadas por Ley, sin embargo, las administradoras de fondos de pensiones pueden establecer sus propias políticas de inversión, siempre y cuando, las mismas no se opongan o excedan las políticas de inversión establecidas en la Ley.
Los ingresos de las administradoras de fondos de pensiones provienen de las comisiones que cobran a los afiliados por la administración de los fondos.
Las administradoras de fondos de pensiones administran en nuestro país dos tipos de fondos:
- El Fondo de Capitalización Individual (FCI), conformado por los aportes de los trabajadores para sus pensiones de jubilación futuras.
- El Fondo de Capitalización Colectiva (FCC), conformado por las acciones de las empresas capitalizadas y por los beneficios (dividendos) provenientes de las mismas.
Compañías de Seguros Directorio de Compañías de Seguros Generales
Directorio de Compañías de Seguros Personales
Las compañías de seguros son intermediarios financieros que por un precio (prima) realizarán un pago en el caso de suceder un determinado evento.
Según la normativa legal vigente existen dos tipos de compañías de seguros diferenciadas según el tipo de riesgo que cubren:
- Las compañías de seguros generales que cubren los riesgos que directa o indirectamente afectan a los bienes de personas naturales o jurídicas (vehículos, inmuebles, maquinarias, etc.)
- Las compañías de seguros de personas que cubren los riesgos que directamente afectan a las personas naturales (muerte, salud, accidentes, invalidez, etc.)
Sociedades Administradoras de Fondos de inversión Directorio de Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión
Son sociedades anónimas que tienen por objeto único y exclusivo administrar fondos de inversión, cuyos accionistas podrán ser agencias de bolsa, bancos, compañías de seguros y otras autorizadas por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros. Su patrimonio debe ser separado del patrimonio del fondo que administran.
Implementan las políticas de inversión que persigue el fondo, realizando inversiones a discreción propia, a favor de los participantes del fondo y por cuenta y riesgo de los mismos.
La Ley del Mercado de Valores introduce el concepto de fondo de inversión, que es el patrimonio común autónomo, constituido por la captación de aportes de personas naturales o jurídicas, denominadas inversionistas, para su inversión en valores de oferta pública, bienes y demás activos, por cuenta y riesgo de los aportantes.
Los fondos de inversión participan en el mercado de valores como inversionistas institucionales, constituyéndose en un importante canal del ahorro hacia la inversión. Asimismo, los fondos de inversión constituyen una alternativa para aquellas personas que deseen participar con sus ahorros en el mercado, permitiendo una mayor accesibilidad al mismo.
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