Ha comunicado que el 10 de diciembre de 2003 ha presentado ante la Superintendencia de Electricidad una impugnación a la Resolución N° 157/2003-2 del Comité Nacional de Despacho de Carga, que dispone: “…que para la re liquidación de la Potencia Firme del periodo noviembre 2002 – octubre de 2003, se considere los caudales reales del periodo mayo 2003 a octubre 2003”. Dichos parámetros no se encuentran establecidos en la legislación vigente y su adopción significaría un impacto de Bs 5.544.224,18, en contra de la sociedad.